Nuevo Código Penal de República Dominicana: Un Retroceso en Derechos Reproductivos y Responsabilidad Penal de las Iglesias | Pedro Lara
Pedro Lara
El reciente debate sobre el nuevo Código Penal en la República Dominicana ha suscitado controversias significativas, especialmente en dos áreas críticas: la despenalización del aborto en las tres causales y la responsabilidad penal de las iglesias. A pesar de los avances en derechos humanos y la igualdad de género a nivel mundial, el nuevo Código Penal dominicano representa un retroceso en estos aspectos fundamentales.
Despenalización del Aborto en las Tres Causales
Uno de los puntos más polémicos del nuevo Código Penal es la falta de despenalización del aborto bajo las tres causales: cuando la vida de la mujer está en riesgo, cuando el embarazo es resultado de una violación o incesto, y cuando el feto tiene malformaciones incompatibles con la vida. Esta postura ha sido ampliamente criticada tanto a nivel nacional como internacional.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la criminalización del aborto no reduce la incidencia de abortos, sino que los empuja a ser realizados en condiciones inseguras, poniendo en riesgo la vida de las mujeres. En la República Dominicana, la prohibición total del aborto ya ha causado sufrimiento y muertes innecesarias. Mantener esta prohibición en el nuevo Código Penal no solo perpetúa esta realidad, sino que también va en contra de los compromisos internacionales de derechos humanos que el país ha asumido.
Organizaciones feministas y de derechos humanos han argumentado que la criminalización del aborto es una forma de violencia de género institucionalizada. No reconocer las tres causales es ignorar la realidad de miles de mujeres que enfrentan embarazos no deseados en circunstancias extremas, forzándolas a tomar decisiones desesperadas que podrían costarles la vida.
Responsabilidad Penal de las Iglesias
Otro aspecto controvertido del nuevo Código Penal es la exclusión de responsabilidad penal para las iglesias. Esto significa que las instituciones religiosas no serían responsables penalmente por delitos cometidos en su nombre o bajo su auspicio. Esta disposición es alarmante, dado el poder e influencia que las iglesias tienen en la sociedad dominicana.
La impunidad de las iglesias podría fomentar un ambiente donde se toleren abusos y violaciones de derechos humanos. Las instituciones religiosas, como cualquier otra organización, deben ser responsables de sus acciones y de las acciones de sus representantes. Esta falta de responsabilidad penal puede abrir la puerta a una serie de injusticias y abusos sin consecuencias legales.
El nuevo Código Penal de la República Dominicana, en su forma actual, representa un serio retroceso en términos de derechos reproductivos y justicia. La falta de despenalización del aborto en las tres causales y la exención de responsabilidad penal para las iglesias son dos aspectos que deben ser revisados y modificados. Es fundamental que las leyes del país reflejen un compromiso real con los derechos humanos y la igualdad de género, protegiendo la vida y la dignidad de todas las personas, independientemente de su género o creencias religiosas.
La sociedad dominicana merece un Código Penal que esté a la altura de los estándares internacionales de derechos humanos, que promueva la justicia y que garantice la protección y el bienestar de todos sus ciudadanos.
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