Por qué me opongo al artículo 14 del nuevo código penal | Pedro Lara

Código, Libros y Podcast

Por qué me opongo al artículo 14 del nuevo código penal | Pedro Lara

No hay comentarios
Pedro Lara

En 2022, un tribunal en Brasil ordenó a una iglesia evangélica devolver más de 30 mil dólares a una mujer que había donado esa cantidad a través de diezmos y donaciones, los cuales, según la justicia, fueron obtenidos mediante manipulaciones. Este tipo de demandas y restituciones de justicia no serían posibles en la República Dominicana debido a una preocupante cláusula en el nuevo código penal.



El artículo 14 del nuevo código penal dominicano establece: "El Estado dominicano, el Distrito Nacional, los municipios, los ayuntamientos, las juntas de los distritos municipales, y las iglesias, no estarán regidas por las disposiciones que preceden relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas". Esta disposición excluye a todas las iglesias, ya sean bautistas, católicas, adventistas, metodistas, testigos de Jehová, mezquitas e incluso templos vudú, de cualquier responsabilidad penal.


Si bien la mayoría de las iglesias realizan una labor social positiva, otras no son muy santas. Si bien la Iglesia Católica tiene una estructura bien organizada, en el caso de las iglesias protestantes no es tanto así. Existen concilios, confraternidades, iglesias independientes, entre otras. Con el nuevo código penal cada iglesia constituye un ente exento de responsabilidad penal lo que incluso podría contribuir a que el crimen organizado utilice el nombre de iglesias para protegerse de la justicia, tomando en cuenta que en República Dominicana no existe un control del ejercicio del pastorado como si existe en otros países.

Mientras en otros países de la región se están implementando leyes para proteger a las personas de posibles abusos por parte de organizaciones religiosas, en la República Dominicana se está blindando a estas instituciones. Por ejemplo, en Colombia, en 2015, la Iglesia Católica fue condenada a pagar más de 200 mil dólares en un caso de pederastia. Este tipo de legislaciones buscan garantizar justicia y proteger a las víctimas, asegurando que las instituciones religiosas no estén por encima de la ley.

Es evidente que los legisladores dominicanos actuales buscan congraciarse con las iglesias, conscientes del significativo poder de voto que estas instituciones movilizan en las elecciones. Sin embargo, esta medida no solo socava la justicia, sino que también pone en riesgo a los ciudadanos que podrían ser víctimas de manipulación, abuso o fraude por parte de organizaciones religiosas.

Tristemente sólo queda plantear nuestra objeción a este nuevo código penal que plantea todo un retroceso. El gobierno con su mayoría absoluta se dispone aprobar todas las leyes, reformas y préstamos a su antojo sin que se pueda hacer nada más.

La exclusión de las iglesias de la responsabilidad penal plantea serias preocupaciones sobre la impunidad y la falta de rendición de cuentas. En un país donde la fe y la religión juegan un papel tan central en la vida de las personas, es esencial que las instituciones religiosas sean transparentes y responsables por sus acciones.

Proteger a las personas de posibles abusos debería ser una prioridad para cualquier gobierno que realmente se preocupe por el bienestar de sus ciudadanos. La falta de regulación y supervisión de las iglesias en la República Dominicana no solo es un retroceso en términos de justicia, sino que también envía un mensaje equivocado sobre la igualdad ante la ley.

En conclusión, oponerse al nuevo código penal no es una postura en contra de la fe o la religión, sino una defensa de la justicia y la protección de los derechos de los ciudadanos. Es fundamental que las instituciones religiosas sean responsables y que las víctimas tengan acceso a la justicia, sin importar la entidad implicada. Solo así podremos avanzar hacia una sociedad más justa y equitativa para todos.

No hay comentarios :

Publicar un comentario